El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) estableció medidas sanitarias extraordinarias ante la declaración de la emergencia sanitaria por Influenza Aviar Altamente Patógena (IAAP), a través de la Resolución 166/2023, publicada en el Boletín Oficial.
La misma prohíbe en todo el territorio nacional la realización de exposiciones, ferias, eventos y actividades recreativas que impliquen concentración y movimiento de aves domésticas, ornamentales y silvestres con cualquier motivo y finalidad.
También impide la distribución o venta de aves vivas en forrajerías, agropecuarias o veterinarias. Además, determina la restricción de movimientos de aves de traspatio, ornamentales y de deporte.
Además, se estableció que ante la falta de la documentación sanitaria que ampara el movimiento de aves vivas por cualquier motivo y finalidad, se realizará su intervención, pudiendo procederse al decomiso inmediato. En la misma línea, se fijaron medidas extraordinarias para la autorización de ingreso de genética aviar al país y su traslado dentro del territorio, independientemente de la situación sanitaria del país exportador:
Así, los ingresos de genética aviar deberán realizarse por vía aérea a través del aeropuerto más cercano a la Unidad de Aislamiento donde la remesa (aves de un día de vida y huevos fértiles) cumplirá el período de aislamiento post-ingreso al país.
Por otra parte, se solicitará a las autoridades de fauna provinciales que arbitren los medios necesarios para reducir la difusión de este virus, a través de la fauna silvestre, limitando las actividades que favorezcan la dispersión de las aves y el contacto entre aves silvestres y personas, como las actividades de caza.