La cartera nacional desestimó la inscripción de la firma MANISEL S.A. por no dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 4°, inciso a) de la referida Resolución N° 12/18.
La Secretaría de Agricultura argentina, con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución Nº 30/26 distribuyó
distribuyó las 6.300 toneladas de maní que tienen como destino el mercado de Estrados Unidos.
La cuotificación, adjudicada a la Argentina por Estados Unidos abarca al “Maní Confitería”, “Maní Partido”, “Maní Blancheado”, “Grana de Maní” y “Maní Tostado”, para el periodo comprendido entre el 1 de abril de 2026 y el 31 de marzo de 2027.
Asimismo las adjudicatarias fueron “ACEITERA GENERAL DEHEZA S.A. (C.U.I.T. N° 30-50287435-3) y NIZA S.A. (C.U.I.T. N° 30-62241762-2) el tratamiento de Grupo Económico y autorízase la exportación de su cuota parte de manera conjunta o indistinta”.
Por otra parte, la cartera nacional en el ARTÍCULO 4°, determino que, “habiéndose aplicado el criterio previsto por el Artículo 5° de la Resolución N° 12 de fecha 4 de mayo de 2018 de la ex SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, y la penalidad establecida en el último párrafo del Artículo 6°, existe un saldo de TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS UNA TONELADAS (37.601 t.) que integrarán el Fondo de Libre Disponibilidad”
Asimismo, la Resolución señala que ese volumen de TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTAS UNA TONELADAS (37.601 t.) qudarán disponibles, que se otorgarán en su caso, las resultantes de las renuncias que efectúen los adjudicatarios durante el ciclo 2026/2027.



